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Gastos en viajes , manutención, alojamiento e indemnizaciones

En el año 2022, 2023, 2024 y 2025 la sociedad mercantil no ha tenido gastos producidos en concepto de Viajes, manutención, alojamiento y asistencia a órganos colegiados o sociales.

Texto extraído de las bases de ejecución del presupuesto del Ayuntamiento:

"...BASE 27ª.

1.- Para la percepción, por parte del personal al servicio de la Corporación de indemnizaciones por razón del servicio, se estará a lo dispuesto en el R.D. 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio y, a los acuerdos/convenios corporativos aprobados.

 

2.- Al personal de carácter laboral se le aplicará lo previsto en el respectivo convenio colectivo o normativa específica, así como al personal no vinculado jurídicamente con la Administración cuando preste a ésta servicios que puedan dar origen a las indemnizaciones o compensaciones reguladas en el RD 462/2002, 24 de mayo.

 

3.- Para el devengo de estas indemnizaciones, los viajes o servicios que den derecho a ellas han de ser  autorizados previamente por Resolución del Alcalde, a propuesta de los respectivos Jefes de Servicios, mediante el modelo Anexo VIII..."

Fecha de última actualización de esta sección: 22-06-2026 12:16:46
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